5/02/2012

Rav Shlomoh Aviner Shlit"a: Evasión de impuestos


Evasión de impuestos

Pregunta: ¿Qué debo hacer si mi patrón evade impuestos? ¿Acaso puedo trabajar allí? ¿Está permitido comprar en un negocio que evade impuestos?
Respuesta: Evasión de impuestos es robo. No hay diferencia si se roba de una persona particular, o del público. El público paga impuestos y recibe a cambio todo tipo de servicios del estado, y el que evade impuestos recibe esos servicios robando, porque no pagó por ellos. Si tú eres partícipe de esa evasión de impuestos – por ejemplo, vendes productos sin boleta – no sólo tu patrón evade impuestos, sino que tú también evades impuestos - es decir, robas. Por ello, tienes la obligación de decirle a tu patrón que no puedes ser partícipe de ese robo, incluso si te despedirá.
La persona tiene prohibido hacer alguna trasgresión, también si su sustento depende de ello. Una mitzva, la persona no tiene obligación de cumplirla si no tiene dinero - por ejemplo, si no tiene dinero para comprar tfilin (filactelias).
No es así respecto a una trasgresión, que está prohibido hacerla incluso si perderá mucho dinero por ello (Shuljan Aruj, Orej Jaim 656). A veces, nuestros sabios permitieron alguna prohibición que ellos instituyeron en caso de una gran pérdida, pero se trata de situaciones extraordinarias. Y en este caso no se trata de una prohibición de nuestros sabios, sino que de una prohibición de la Torá – no robar. Por ello, si lo obligan a ser partícipe del robo, debe abandonar ese trabajo.
Pero si no es partícipe, pero él sabe de ello, es como toda persona que sabe que otro evade impuestos. ¿Tiene obligación de contarle a las autoridades fiscales? Según la ley hay obligación de contar sólo tratándose de algún acto criminal, como asesinato, golpes o robo. Pero, según la halajá, ¿hay obligación? Si. Se trata de devolver lo robado a su dueño. Hay que devolver el dinero que le fue robado al público. O también según la obligación de “no desatiendas la sangre de tu prójimo” (Vaikra 19:16): El Ramba”m explica que esa prohibición no habla sólo de un caso en que una persona A quiere robar otra persona B, sino que también cuando una persona A quiere estafar a B.
Por ello, todo el que sabe debe atestiguar, en primer lugar por la obligación de atestiguar, pero agrega el Ramba”m que también tiene obligación por “no desatiendas”. Entonces, según la halajá, todo el que sabe de alguna persona que evade impuestos, ya sea su patrón u otra persona, debe hacerlo saber a las autoridades fiscales, para salvar a los estafados.
Pero es un asunto complejo, porque de esa forma nos complicamos con las halajot de Lashón HaRrá (calumnias), y en el libro “Jafetz Jaim” aclara que para poder contar algo así respecto a alguien se necesitan varias condiciones: Que tenga algún provecho, que el que cuenta sea su intención para que haya algún provecho de su cuento, un provecho que no puede ser alcanzado de otra forma, y otras. Un asunto complicado. Por supuesto que no estamos hablando de una persona que es inspector de impuestos y su deber es verificar que la ley es cumplida, en cuyo caso se trata de una gran mitzva.
Pero en cuanto a una persona común y corriente, es un asunto complicado, porque hay quienes temen que todos empiecen a “denunciar” a todos. Es un asunto complicado, ya sea para el ciudadano, o para el empleado.
Pero no se puede prohibir a un empleado trabajar para un patrón que comete alguna trasgresión a la ley si él mismo no está involucrado. De la misma forma que no se le puede prohibir si su patrón no respeta el Shabat pero él no está relacionado con eso. No es fácil encontrar cómo procurarse el sustento.
En cuanto a comprar en un lugar que no pagan impuestos, o contratar alguna persona que evade impuestos, hay tres situaciones:

1. El que compra no tiene la obligación de verificar si llevan los libros de contaduría según la ley o exigir boleta. No tiene obligación según la ley, ni tampoco según la halajá. Es cierto que exigir boleta es una mitzva positiva, pero no es obligación.
2. Si sabe que el vendedor o la persona que quiere contratar evade impuestos, tiene prohibido comprar allí o contratarlo, porque está comprando del ladrón, y en cierta forma es partícipe del robo. Si el ladrón no encontrará a quién venderle, dejará de robar. Como dijeron nuestros sabios: “No es el ratón el que roba, sino que la guarida”. Si el ratón no tendría dónde esconder lo que roba, no robaría.
3. Si el vendedor te propone una rebaja si le pagas al contado y no exigirás boleta, no sólo eres partícipe del robo, sino que tú mismo eres un ladrón.
Ambos son ladrones, compinches del robo, que reparten entre ellos el botín.
Dicho sea de paso, un cuento: Una persona hizo un invento por el cual recibió dinero, y otros le robaron la idea y ganaron dinero a sus expensas. Le propuse que le pida una carta a los Rabanim (Rabinos) donde escriban que está prohibido robarle el invento. Me contestó: Tengo mucha experiencia con eso, las personas acatan a los Rabanim en cuanto a la kashrut pero no en cuanto al robo. Roban derechos de autor, y evaden impuestos.
Muy triste.
Fortalécete, y nos reforzaremos. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Tu opinión es importante para nosotros!