1/16/2022

Juan 18:12-27 ¿El saduceo Janan ben-Set juzgo a Yeshu ante el Sanhedrín?

BS"D


Al leer el Evangelio de Juan sobre el juicio que presuntamente se le hizo a Yeshu por parte de las autoridades judías, encontramos varios hallazgos. Uno de tales hallazgos es que Yeshu fue detenido por soldados romanos (Jn 18: 3,12). Son los soldados romanos los actores de Mc 15, 16-20. La transposición del motivo del escarnio de Yeshu (en cierta etapa del curso de la tradición oral) a un lugar del relato de la Pasión correspondiente a Lc 22: 63-65 pudo facilitar la tradición conservada en Jn 18:12, respecto a la identidad de los que le escoltaban.

Puede afirmarse con seguridad que Yeshu fue detenido por personal militar romano, el σπεῖραν o cohorte romano conformado por 1,000 soldados (Jn 18:12), por motivos políticos (Mc 14:48), y conducido luego ante un funcionario administrativo judío del lugar (Mc 14:53a; Lc 22:54; Jn 18:13a) en la misma noche. A la mañana siguiente, tras breve deliberación con las autoridades judías (Mc 15:10; Lc 22:66), fue entregado de nuevo a los romanos para que le juzgaran (Mc 15:1b; Lc 23:1; Jn 18:28a). El gobernador le condenó a morir colgado (Tácito; Mc 15, 15b, 26), ejecutándose la sentencia según el procedimiento penal romano (Mc 15:15b, 24a, 27).

 

Un dato interesante es que según el Evangelio de Juan, el funcionario administrativo judío del lugar que “juzgo” a Yeshu fue el saducedo[1] Janan ben Set (Ἄνναν-חנן בן שת) ya que en tal texto indica que a pesar que Yosef bar Kayafa (καϊαφα-יוֹסֵף בַּר קַיָּפָא) era el cohen gadol (ver. Antigüedades de los Judíos 18:33–35; Talmud Yerushalmí masejet Ma’asrot 5:3; Juan 18:13) el evangelista asigna que el interrogatorio fue llevado por Janan ben Set tal como se lee en el versículo 24:

απεϲτιλεν δε αυ

τον ο ανναϲ δεδε

μενον · προϲ καϊαφαν τον αρχϊερεα

(Traducción: Entonces Anas lo envió atado a Kaiafan, el sumo sacerdote.)

-Codex Sinaiticus, folio 258a.

Es decir, los versículos del interrogatorio (19-23) fue hecho por Janan ben Set, por tanto, el Evangelio de Juan tácitamente asigna a Janan ben Set como el cohen gadol (ἀρχιερεὺς / כהן גדול) (ver. v. 19: ο ουν αρχϊερευϲ ηρωτηϲε τον ιν περι των μαθητων αυτου · και περι τηϲδιδαχηϲ αυτου·) 


Los mesiánicos y biblistas aquí tratan de justificar la pifia del evangelista Juan diciendo que Janan ben Set aún tenía funciones de Cohen Gadol, o que era una especie de coadjutor del cohen gadol, sin embargo, según Flavio Josefo en su libro Antigüedades de los judíos 18b fue destituido de su cargo en el año 15 de la Era Vulgar, y en su lugar pusieron a Ishmael ben Piavi (ישמעאל בן פיאבי), por lo que Janan ben Set no tenía injerencia alguna sobre temas legales sobre juicios. Por otra parte, según el Talmud Yerushalmí masejet Sanhedrin 1:1 el derecho de la pena de muerte fue quitado cuarenta años antes de la destrucción del Segundo Templo tal como se lee:

תַּנֵּי. קוֹדֶם לְאַרְבָּעִים שָׁנָה עַד שֶׁלֹּא חָרֵב הַבַּיִת נִיטְלוֹ דִינֵי נְפָשׁוֹת

Se dijo: Cuarenta años antes de la destrucción del Templo, se eliminó la jurisdicción penal de Israel.

Además, según el Talmud Bavlí masejet Shabat 15a el Sanhedrín fue exiliado de la Cámara de Piedras Talladas y se sentó en las tiendas del Monte del Templo (ארבעים שנה עד שלא חרב הבית גלתה לה הסנהדרין מלשכת הגזית וישבה לה בחנויות. על הדברים האחרונים שואלים:), es decir, el Sanhedrín ya no se reunía en su lugar designado, para juzgar casos capitales (Tosafot). 


Incluso, el mismo Talmud Bavli en masejet Sanhedrin 43a, menciona que Yeshu tenía estrechos vínculos con el gobierno romano y las autoridades gentiles se interesaron en su absolución quienes tomaron el juicio, (ver. Mc 15:1-15) mientras que la implementación del castigo fue a cargo del Beit Din (Ver. RaMBa”M, Mishneh Torah, Jiljot Melajim uMiljamot 11:6 :אַף יֵשׁוּעַ הַנּוֹצְרִי שֶׁדִּימָה שֶׁיִּהְיֶה מָשִׁיחַ, וְנֶהֱרָג בְּבֵית דִּין). En consecuencia, el tribunal romano le dio todas las oportunidades para que se abstuviera, de modo que no se pudiera alegar que fue condenado falsamente, tal como se menciona en el Talmud:

ו שנינו במשנה שכרוז יוצא לפניו. ומדייקים: לפניו, כלומר, בשעת הוצאה להורג — אין [כן], ואולם מעיקרא [מתחילה] לפני גמר דין — לא. ומקשים: והא תניא [והרי שנינו בברייתא]: בערב הפסח תלאוהו לישו הנוצרי, וכרוז יוצא לפניו ארבעים יום, ומכריז: "ישו הנוצרי יוצא ליסקל על שכישף והסית והדיח את ישראל, כל מי שיודע לו זכות יבוא וילמד עליו". ולא מצאו לו זכות, ותלאוהו בערב הפסח.

אמר עולא: ותסברא [וכי סבור אתה] שיש להביא מכאן ראיה? וכי ישו הנוצרי בר הפוכי זכות הוא [ראוי הוא להפוך בזכותו]? והרי מסית הוא, ורחמנא אמר [והתורה אמרה] לגבי מסית "ולא תחמל ולא תכסה עליו" (דברים יג, ט)! אלא שאני ישו שקרוב למלכות הוה [היה]

La mishna enseña que un pregonero sale delante del condenado. Esto indica que es sólo ante él, es decir, mientras es conducido a su ejecución, que sale el pregonero, pero de entrada, antes de que el acusado sea condenado, no sale. La Guemará plantea una dificultad: Pero no se enseña en una baraita : En la víspera de la Pascua (Pesaj) colgaron el cadáver de Yeshu HaNotzrí después de que lo mataron por lapidación. Y un pregonero salió delante de él por cuarenta días, proclamando públicamente: 

Yeshu HaNotzrí (Jesús el Nazareno) va a ser apedreado porque practicó la hechicería, incitó a la gente a la adoración de ídolos y desvió al pueblo judío. Cualquiera que conozca una razón para absolverlo debe presentarse y enseñarla en su nombre.’ 

Y el tribunal no encontró razón para absolverlo, por lo que lo apedrearon y colgaron su cadáver en la víspera de Pascua (Pesaj).

Ula dijo: ¿ Y cómo puedes entender esta prueba? ¿Era Yeshu HaNotzrí digno de realizar una búsqueda de una razón para absolverlo? Él era un incitador a la adoración de ídolos (mesit), y el Misericordioso (Rajmana’) declara con respecto a un incitador a la adoración de ídolos: “No perdonarás, ni lo encubrirás” (Deuteronomio 13:9). Más bien, Yeshu era diferente, ya que tenía estrechos vínculos con el gobierno [romano],y las autoridades gentiles estaban interesadas en su absolución. En consecuencia, el tribunal le dio todas las oportunidades para que se aclarara él mismo, de modo que no se pudiera afirmar que fue falsamente condenado.


Por tanto, el relato del Evangelio de Juan en que el “cohen gadolJanan ben Set saduceo “juzga” a Yeshu (vv. 12-27) es falso, incluso sí se toman las referencias de los otros evangelios (Mc 14:53a; Lc 22:54), y se trata de asignarle el juicio a Yosef bar Kayafa las funciones de pena de muerte que podía desempeñar el cohen gadol no estaban en vigencia desde hace cuarenta años antes de la destrucción del Templo (נִיטְלוֹ דִינֵי נְפָשׁוֹת מִיִּשְׂרָאֵל), por lo que hace del texto de los evangelios en un relato de ficción. 


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Notas:

[1] Ver. Flavio Josefo, Antigüedades de los Judíos, 20:9 (μετῄει τὴν Σαδδουκαίων)


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